Venimos a poner en su conocimiento la esperada respuesta de la Dirección General de Tributos en relación a la posible modificación del plazo para presentar la Declaración de Operaciones con Terceros.
Así pues, dicha declaración seguirá presentándose en el mes de febrero, no obstante, se prevé que el plazo se adelante al mes de enero a partir de la declaración correspondiente al ejercicio 2018.
Por el contrario, se confirma la modificación del plazo de presentación de las siguientes declaraciones, las cuales deberán presentarte en el mes de enero, con efectos a partir del ejercicio 2017:
- Modelo 171: Declaración anual de Imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
- Modelo 184: Declaración anual de Entidades en Régimen de Atribución de Rentas.
- Modelo 345: Declaración anual Planes de Pensiones, Sistemas Alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia
En definitiva, resultan palpables las consecuencias que provoca la modificación de dichos plazos, pues dificultan a través de la simultaneidad de presentaciones de declaraciones, las actuaciones fiscales a la que se encuentra obligado todo empresario en dichas fechas.
MC&A ASESORES
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN