El nuevo reglamento de facturación ha establecido unos nuevos plazos de emisión de facturas.
Aplíquelos correctamente…
Desde el 1 de enero de 2013, dicho plazo se ha modificado, y todas las facturas por operaciones realizadas dentro de un mismo mes deben expedirse como máximo el día 15 del mes siguiente.
Veamos el siguiente ejemplo:
[table]
Fecha de la entrega,Fecha límite Fra. (2013)
7 de Julio,15 de Agosto
20 de Mayo, 15 de Junio
30 de Julio,15 de Julio (1)
[/table]
(1) En este caso la fecha es la misma, ya que en el mes de junio finaliza el periodo de liquidación del segundo trimestre del año.
Declaraciones de IVA.
Una cosa es la fecha de expedición de la factura y otra la fecha en la que se devenga la operación.
Compute sus operaciones en el periodo de liquidación del IVA correspondiente a la fecha en la que se hayan realizado (fecha de devengo) y no al de la fecha de emisión de la factura.
A partir de ahora, todas las facturas por operaciones que realice su empresa en un mismo mes podrá emitirlas hasta el día 15 del mes siguiente.
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