MODIFICACIONES DEL REGIMEN DE DEDUCCION POR OBRAS DE MEJORA.
Real Decreto-Ley 5/2011 de 29 de abril de 2011 (BOE 6 DE MAYO DE 2011)
- La deducción se aplicara a las obras realizadas desde el 7 de mayo de 2011 (cantidades satisfechas) hasta 31 de diciembre de 2012.
- Se añade una disposición transitoria è Se mantiene la aplicación del Real Decreto-Ley 6/2010 desde el 1 de enero de 2011 hasta el 6 de mayo de 2011.
- Se amplían los beneficiarios al incrementarse el límite de la base imponible con derecho a esta deducción:
- Se eleva de 33.007,20€ a 53.007, 20 (para poder aplicar el máx. de deducción) y de 53.007,20€ a 71.007,20€ (para la aplicación progresiva de esta deducción)
- La cuantía de la deducción se eleva al 20%.
- El limite máximo de base de deducción anual por contribuyente se fija en 6.750,00€ (es decir deducción máx. en renta (6750*0,20=1.350,00€).
- El limite plurianual por vivienda se fija en 20.000,00€.
Se amplia el objeto de la deducción :
- Se aplica a cualquier vivienda que sea propiedad del contribuyente (es decir, vivienda habitual, alquilada o a disposición de sus titulares), solo deja fuera a las viviendas afectadas como actividad económica.
- Tiene consideración de obras de mejora la sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas, (en general de todo tipo de suministros).
- Tiene consideración de obras de mejora las que favorezcan el ahorro energético (sustitución de bañera por placa ducha, sustitución de ventanas climalix)
- Tieneconsideración de obras de mejora las que permitan una mejor accesibilidad a la vivienda o al edificio.(construcción de rampas, ampliar las puertas para el acceso de carritos de minusvalidos.)
- También se incluirán como obras de mejora las instalaciones de infraestructuras para telecomunicaciones (para el acceso a Internet y TDT).
- Se limitan los medios de pago: deben ser tarjeta de crédito o debito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingresos en cuanta en entidad de crédito. NO SIRVEN LOS PAGOS EN EFECTIVO IMPORTANTE!!!.
Esta deducción es compatible con la deducción por inversión en vivienda habitual, pro no seria compatible con la deducción de rehabilitación de la vivienda.