Si es usted arrendador y arrendatario de locales de negocios debe saber que se han producido modificaciones en la forma de suministrar la información a la Agencia tributaria en los distintos modelo 180 y 347 que viene presentando y que hay que presentar en Enero y Febrero de 2015 respectivamente. Estas modificaciones en los referidos modelos informativos a presentar, consiste en lo siguiente:
Hasta ahora, el ARRENDADOR que tenia arrendado un local de negocio, tenía que declararlo en el modelo 347 con indicación expresa de la dirección y REFERENCIA CATASTRAL del local alquilado y el ARRENDATARIO tenía que presentar el modelo 180, solo con la indicación del total de base imponible y retención practicadas en cada año anterior.
Con esta modificación, ya para las declaraciones que hay que presentar en Enero y Febrero de 2015, referente a las operaciones del ejercicio 2014, se realizara de la siguiente forma:
Modelo 347 ARRENDADOR:
· Los sujetos pasivos que obtienen rentas procedentes de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención (ARRENDADORES) y declarados en el modelo 180 (ARRENDATARIOS), no deberán reflejarlas en el modelo 347.
De modo que los arrendadores no tendrán que presentar el modelo 347.
Modelo 180 ARRENDATARIO:
· En el diseño físico y lógico de este modelo se incluye la información correspondiente a las referencias catastrales y a los datos necesarios para la localización de los inmuebles urbanos arrendados.
De modo que los arrendatarios tendrán que informar en el modelo 180 de la referencia catastral de los locales arrendados.
Orden HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; y la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre Determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.